Uruguay pone en marcha el protocolo para la eutanasia y fija obligaciones a los prestadores de salud
Desde este martes, la llamada “muerte digna” comienza a aplicarse formalmente en Uruguay, tras la entrada en vigencia del protocolo elaborado por el Ministerio de Salud Pública (MSP). La normativa, presentada en conferencia de prensa, establece los procedimientos y requisitos que deberán cumplir las instituciones médicas para garantizar el acceso a la eutanasia, en el marco de la ley aprobada en octubre por el Parlamento.
La reglamentación había sido firmada días atrás por el presidente Yamandú Orsi, quien destacó que la norma es resultado de un proceso de debate “profundo y plural”. A partir de este nuevo esquema, el MSP definió lineamientos concretos para la implementación, haciendo especial foco en la responsabilidad de los prestadores de salud, tanto públicos como privados.
Uno de los puntos centrales del protocolo establece que todas las instituciones deberán asegurar la realización del procedimiento, incluso si sus profesionales invocan la objeción de conciencia. En esos casos, los centros de salud estarán obligados a disponer de médicos no objetores o, en su defecto, coordinar la práctica con otro prestador. Según explicó la ministra Cristina Lustemberg, el objetivo es garantizar el derecho del paciente por encima de las posturas individuales.
La normativa también reafirma que la participación de los médicos en la eutanasia será voluntaria. Aquellos que decidan no intervenir podrán declararse objetores de conciencia, aunque las instituciones deberán contar con una nómina suficiente de profesionales dispuestos a llevar adelante el procedimiento.
En cuanto a los requisitos, la ley establece que podrán acceder a la eutanasia personas mayores de edad, psíquicamente aptas, que padezcan enfermedades incurables o irreversibles y sufran padecimientos considerados insoportables. Además, deberán ser ciudadanos uruguayos o acreditar residencia legal en el país.
El protocolo pone especial énfasis en la autonomía del paciente. La persona podrá elegir el lugar donde realizar el procedimiento —ya sea en un centro de salud o en su domicilio— y decidir si desea estar acompañada. Asimismo, se garantiza el derecho a revocar la solicitud en cualquier momento, sin necesidad de justificar la decisión, lo que implica la suspensión inmediata del proceso.














